Regl. 5320, art. 4

-Alcance

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Cite as Reglamento Núm. 5320, Art. 4

(a) En general, este reglamento aplica a ambas corporaciones públicas: el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico y la Corporación de Crédito y Desarrollo Comercial y Agrícola de Puerto Rico. (b) Este reglamento aplica a todas las actividades de contratación de servicios profesionales y/o consultivos efectuadas en representación del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico o de la Corporación de Crédito y Desarrollo Comercial y Agrícola de Puerto Rico; y obliga al estricto cumplimiento de sus disposiciones a los oficiales, directores, administradores, gerentes y empleados de ambas corporaciones públicas, y a toda persona o entidad jurídica que de alguna manera participe directa o indirectamente en las referidas actividades. BDE.002 (Dic/93) 2 REGLAMENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES Y/O CONSULTIVOS
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