Regl. 5320, art. 5
-Reglas de Interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 5320, Art. 5
(a) En general - Las palabras y frases usadas en este reglamento se interpretarán
según el contexto y el significado sancionado por el uso común y corriente. Las voces
usadas en el tiempo presente incluyen también el futuro; las usadas en el genero
masculino incluyen el femenino, salvo en los casos en que tal interpretación resultase
absurda. El número singular incluye el plural y el plural, el singular.
(b) En particular - Las definiciones que aparecen en este inciso, aplican a todo el
reglamento y a los procedimientos y formularios que por virtud del mismo se desarrollen. Las palabras y frases que a continuación se relacionan son términos cortos o
conceptos de las siguientes definiciones:
(1) Directores de La Institución - Concepto usado en este reglamento para
referirse indistintamente al Presidente del Banco de Desarrollo
Económico para Puerto Rico, y a sus vicepresidentes ejecutivos y
vicepresidentes; y al Director Ejecutivo y Subdirector Ejecutivo de la
Corporación de Crédito y Desarrollo Comercial y AgrÃcola de Puerto
Rico, y a sus directores, administradores y gerentes.
(2)
Emergencia (Urgencia) - Ambos términos se considerarán sinónimos
para propósito de estas normas. Se entenderá por emergencia o
urgencia aquella situación que ocasiona necesidades imprevistas que
requieren una acción inmediata de parte de los directores y/o
empleados de La Institución por estar en peligro inminente:
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i. la vida, salud o seguridad de los empleados de La Institución; o
ii. el servicio, las operaciones o propiedad de La Institución.
(3) La Institución Concepto usado en este reglamento para referirse
indistintamente a ambas corporaciones públicas: el Banco de
Desarrollo Económico para Puerto Rico y la Corporación de Crédito y
Desarrollo Comercial y AgrÃcola de Puerto Rico.
(4) Junta de Directores Concepto usado en este reglamento para referirse
indistintamente a ambas juntas de directores: Junta de Directores del
Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, y Junta de
Directores de la Corporación de Crédito y Desarrollo Comercial y
AgrÃcola de Puerto Rico.
(5) Mercado Abierto Procedimiento de compras donde el suplidor se
selecciona a base de una evaluación informal de cotizaciones ofrecidas
por suplidores disponibles en el mercado.
(6) Servicios Profesionales y/o Consultivos Incluye todo servicio que
requiera conocimiento técnico y/o habilidades especializadas como
por ejemplo servicios legales, médicos, ingenierÃa, contabilidad,
publicitarios, etc.
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