Regl. 5320, art. 9
-Requisitos Oficiales
Length: 93 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5320, Art. 9
(a) Toda contratación de servicios profesionales y/o consultivos deberá cumplir
con las normas promulgadas mediante la Carta Circular del Departamento de Hacienda,
Núm. 1300-31-92 de 24 de junio de 1992, y las directrices vigentes y futuras que sean
emitidas por la Oficina del Gobernador y otras instrumentalidades públicas competentes.
(b) Dentro de los quince (15) dÃas siguientes a su otorgamiento, la División de
Asuntos Legales remitirá a la Oficina del Contralor de Puerto Rico una copia de todo
contrato de servicios profesionales y/o consultivos que se otorgue y las enmiendas a los
mismos.