Regl. 5327, art. 1
BASE LEGAL Y PROPOSITO
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Cite as Reglamento Núm. 5327, Art. 1
Este Reglamento se emite en virtud de la autoridad conferida al Secretario de Hacienda
por la Ley Núm. 69, aprobada el 14 de agosto de 1991, según enmendada, (la Ley), para
establecer cuales valores son aceptables como colateral de fondos públicos depositados en
instituciones financieras previamente autorizadas por él y para establecer otros requisitos y
normas para las instituciones financieras designadas por el Secretario de Hacienda como
depositarias de fondos públicos o custodios de dicha colateral.