Regl. 5334, art. 13
PROHIBICIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 5334, Art. 13
La disposición de la Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico y el
Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito en cuanto a la prohibición
para efectuar diferentes transacciones de personal durante perÃodos pre y post eleccionario
serán aplicables al personal en el servicio de confianza.