Regl. 2186, art. 12

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 12

Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda otra cosa: 1) Ley Significa la Ley Número 5 del 14 de octubre de 1975, conocida como "Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico". 2) Reglamento Significa el Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito, basado en la Ley Núm. 5 del 14 de octubre de 1975. 3) Sistema O Sistema de Personal Significa el Sistema de Personal del Servicio Público de Puerto Rico. 4) Oficina u Oficina Central Significa la Oficina Central de Administración de Personal. 114 5) Director Significa el Director de la Oficina Central de Administración de Personal. 6) Junta O Junta de Apelaciones Significa la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal. 7) Principio de Mérito Significa el concepto de que los empleados públicos deben ser seleccionados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo referente a su empleo sobre la base de la capacidad, sin discrimen por razones de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen O condición social, ni por sus ideas políticas O religiosas. 8) Areas Esenciales al Principio de Mérito Significa: 1) clasificación de puestos; 2) reclutamiento y selección; 3) ascen- SOS, traslados y descensos; 4) adiestramiento y 5) retención. 9) Gobierno de Puerto Rico Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus agencias 115 como se definen en este Reglamento. 10) Agencia Significa el conjunto de funciones, cargos y puestos que constituyen toda la jurisdicción de una autoridad nominadora, independientemente de que se le denomine departamento, municipio, corporación pública, oficina, administración, comisión, junta, tribunal, O de cualquier otra forma. 11) Administrador Individual Significa la agencia, organismo O programa cuyo personal se rige por el principio de mérito y se administra en forma autónoma con el asesoramiento, seguimiento y ayuda técnica de la Oficina. 12) Autoridad Nominadora Significa cualquier funcionario O agencia con facultad legal para hacer nombramientos para puestos en el Gobierno. 13) Normas de Reclutamiento Significa las determinaciones en cuanto a requisitos mínimos y el tipo de examen para ingreso a una clase de puesto. 116 14) Examen Significa una prueba escrita, oral, física, de ejecución, evaluaciones de experiencia y preparación; u otras. 15) Elegible Significa una persona cualificada para nombramiento en el servicio público. 16) Registro de Elegibles Significa una lista de nombres de personas que han cualificado para ser considerados para nombramiento en una clase determinada. 17) Nombramiento Significa la designación oficial de una persona para realizar determinadas funciones. 18) Período Probatorio Significa un término de tiempo durante el cual un empleado, al ser nombrado en un puesto está en período de adiestramiento y prueba, y sujeto a evaluaciones periódicas en el desempeño de sus deberes y funciones. 117 19) Reingreso Significa la reinstalación al servicio después de haberse separado del mismo por cualquiera de las siguientes causas: a) incapacidad que ha cesado; b) eliminación de puestos por falta de fondos O de trabajo; c) cesantías de puestos de confianza si se ocupaba anteriormente un puesto de carrera con status regular; d) renuncia de un puesto de carrera que se ocupaba con status regular; e) fracaso en período probatorio luego de haber sido empleado regular inmediatamente antes. 20) Descripción de Puestos Significa una exposición escrita y narrativa sobre los deberes, autoridad y responsabilidades que envuelve un puesto en específico y por los cuales se responsabiliza al incumbente. 118 21) Especificación de Clase Significa una exposición escrita y narrativa en forma genérica que indica las caracteristicas preponderantes del trabajo que entraña uno O más puestos en términos de naturaleza, complejidad, responsabilidad y autoridad, y las cualificaciones mínimas que deben poseer los candidatos a ocupar los puestos. 22) Puesto Significa un conjunto de deberes y responsabilidades asignadas O delegadas por la autoridad nominadora, que requieren el empleo de una persona durante la jornada completa de trabajo O durante una jornada parcial. 23) Clase O Clase de Puesto Significa un grupo de puestos cuyos deberes, índole del trabajo, autoridad y responsabilidades sean de tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo título; exigirse a sus incum- 119 bentes los mismos requisitos mínimos; utilizarse las mismas pruebas de aptitud para la selección de empleados; y aplicarse la misma escala de retribución con equidad bajo condiciones de trabajo sustancialmente iguales. 24) Serie O Serie de Clases Significa una agrupación de clases que refleja los distintos niveles jerárqui- COS de trabajo existentes. 25) Grupo Ocupacional O Profesional Significa una agrupación de clases y series de clases que describe puestos comprendidos en el mismo ramo O actividad de trabajo. 26) Clasificación de Puestos Significa la agrupación sistemática de puestos en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración de personal. 120 27) Plan de Clasificación Significa un sistema mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en forma sistemática, los diferentes puestos que integran una organización formando clases y series de clases. 28) Reclasificación Significa la acción de clasificar un puesto que había sido clasificado previamente. La reclasificación puede ser a un nivel superior, igual O inferior. 29) Ascenso Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior. 30) Traslado Significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase O a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar. 31) Descenso Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra 121 clase con funciones de nivel inferior. 32) Instituto Significa el Instituto para el Desarrollo de Personal en el Servicio Público, adscrito a la Oficina Central de Administración de Personal. 33) Beca Significa la ayuda monetaria que se concede a una persona para que prosiga estudios superiores en una universidad O institución reconocida con el fin de ampliar su preparación académica, profesional O técnica. 34) Licencia con Sueldo para Estudios Significa la licencia especial, con sueldo, que se concede a los empleados con el fin de ampliar su preparación académica, profesional O técnica para mejorar el servicio que prestan. 35) Adiestramiento de Corta Duración Significa adiestramiento práctico O los estudios académicos que preparan al 122 empleado para el mejor desempeño de sus funciones. 36) Pago de Matrícula Significa el pago total O parcial de los derechos de asistencia a cursos universitarios O especiales. 37) Institución Significa cualquier organización O agencia de carácter público O privado que ofrezca cursos de estudio O adiestramiento de naturaleza práctica, académica, técnica O especializada. 38) Cesantía Significa la separación total del puesto impuesta a un empleado por falta de trabajo O fondos. 39) Suspensión de empleo y sueldo Significa la separación temporal del servicio impuesta a un empleado como medida disciplinaria por justa causa. 40) Destitución Significa la separación total y absoluta del servicio impuesta a un empleado como 123 medida disciplinaria por justa causa. 41) Renuncia Significa la separación total, absoluta y voluntaria de un empleado de su puesto. 42) Vista Administrativa Significa una audiencia para ser oído y defenderse en relación con cualquier imputación, cuya sanción pudiera resultar en la suspensión, separación O destitución del servicio de un empleado. 43) Formulación de Cargos Significa el documento mediante el cual la autoridad nominadora hará saber a un empleado las violaciones incurridas respecto a las normas de productividad, eficiencia, orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público.
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