Regl. 5335, art. XII

AUTORIDAD LEGAL Y VIGENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 5335, Art. XII

12 esb/INDICE/L-1 ADMINISTRACION DE SERVICIOS Y DESARROLLO AGROPECUARIO SANTURCE, PUERTO RICO 5335 NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE INCENTIVO EN AYUDAS ECONOMICAS PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA PESQUERA EN PUERTO RICO Y PARA DEROGAR LAS NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE INCENTIVOS EN AYUDAS ECONOMICAS PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA PESQUERA EN PUERTO RICO APROBADA EL 19 DE AGOSTO DE 1992, NUMERO 4757 INTRODUCCION: La Ley 61 del 23 de agosto de 1990 crea el Programa Para el Fomento, Desarrollo y Administración Pesquera del de 1979 conocida como Ley Para Crear la Corporación Para Desarrollo y Administración de los Recursos Marinos, Lacustres y Fluviales. (CODREMAR) Con la creación del Programa se responsabiliza al Industria Pesquera de Puerto Rico. Entre los objetivos del Programa se encuentra el contribuir al fortalecimiento de la producción pesquera en Puerto Rico, mediante el establecimiento y desarrollo de actividades de apoyo al sector pesquero y acuícola del país. Los proyectos acuícolas han demostrado ser una alternativa para el incremento de la producción pesquera local. A pesar de que la Isla cuenta con lugares apropiados para el establecimiento de estas empresas, los costos iniciales de los proyectos son altos por lo que limita su desarrollo. El Programa debe atender una clientela de unos 1,500 pescadores comerciales y 100 acuicultores que contribuyen al país con una producción pesquera valorada entre 8 a 9 millones de dólares anualmente, lo que es bajo, ya que representa menos del 10% del consumo total de pescado y marisco en Puerto Rico. Por la situación indicada se debe proveer mayor interés entre la clase de la industria pesquera del país para que se desarrolle una industria comercial fuerte y rentable, esto, a través de todos los medios viables posibles, incluyendo el de ayudas económicas. -2- La Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario (ASDA), creada por el Plan de Reorganización Núm.1 del 4 de mayo de 1994, en virtud de la Ley Núm. 5 del 6 de abril de 1993, es el vehículo adecuado para ofrecer la ayuda requerida para el fortalecimiento de la Industria Pesquera de Puerto Rico, ya que en ésta se han consolidado aquellas ayudas económicas, técnicas, subsidios y otros incentivos para facilitar y hacer más accesible el patrimonio de actividades agrícolas que fomenten la productividad y el desarrollo de la agricultura. Además, la referida Ley otorga poderes al Secretario de Agricultura para conceder subsidios O incentivos a los agricultores que cualifiquen, según las leyes y reglamentos para realizar prácticas O actividades conducentes a una mayor y mejor producción. La Industria Pesquera de Puerto Rico, es una empresa de carácter agrícola con la necesidad de que se aumente su producción sustancialmente y que se estimule al máximo el interés de los pescadores y acuicultores para que sostengan la estabilidad de su negocio. Con el fin de lograr los propósitos indicados y en armonía con la antedicha Ley se promulgan las Normas Para Regir el Programa de Incentivo en Ayudas Económicas Para El Desarrollo De La Industria Pesquera en Puerto Rico.
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