Regl. 5338, art. 13 dup2
Procedimientos para Tramitar las Solicitudes de
Length: 309 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5338, Art. 13 dup2
Uso de Entidades o Personas Particulares
A. Las Facilidades Deportivas y Recreativas de la Liga
Atlética Policíaca serán para uso exclusivo de los
participantes del Programa de la Liga Atlética Policíaca.
- 19 -
No obstante, el Superintendente de la Policía utilizando su
discreción y a tono con las normas que regulen el uso de
las Facilidades Deportivas y Recreativas, podrá autorizar a
personas O entidades particulares a utilizar las
facilidades. Cuando ésto ocurra el solicitante tendrá que
cumplir con lo siguiente:
1. Solicitar el uso de las facilidades mediante
comunicación escrita al Superintendente de la Policía,
quien determinará si aprueba o no la solicitud.
2. Las solicitudes que no sean aprobadas por el señor
Superintendente serán referidas a la Superintendencia
Auxiliar en Programas Juveniles para canalizar el curso
de acción de notificar la denegación de la solicitud al
solicitante.
3. Las solicitudes aprobadas por el Superintendente serán
condicionadas a que el solicitante cumpla, entre otros,
con los siguientes requisitos:
Licenciamiento del Departamento de Servicios Sociales
Certifique que conoce la reglamentación de la Policía
de Puerto Rico relacionada con el uso de las
Facilidades Deportivas y Recreativas
Seguro de responsabilidad pública y cualquier otro
seguro que sea indispensable para que se pueda
autorizar el uso de las Facilidades.
Asumir todos los gastos durante su estadía,
incluyendo los alimentos a los participantes y el
20
estimado por los servicios de agua, luz y cualquier
otra cosa que surja, según lo determine la División
de Presupuesto de la Policía.
4. Firmar contrato donde se establece la responsabilidad
que tiene la entidad de conservar las Facilidades. En
dicho contrato se especificará el requisito de un seguro
donde se relevará a la Policía de Puerto Rico de
responsabilidad en cualquier accidente que pueda
ocurrir. Se establecerá además el compromiso que tendrá
dicha entidad de dejar las Facilidades en iguales
condiciones como las recibió.