Regl. 5338, art. 7

Reglamento para establecer la organización y funcionamiento de las facilidades deportivas y recreativas de la Liga Atlética de la Policía de Villalba:

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Cite as Reglamento Núm. 5338, Art. 7

Deberes y Responsabilidades del Director de las Facilidades Deportivas y Recreativas de la Liga Atlética Policíaca A. Planificar, organizar, coordinar, dirigir y controlar todos los asuntos relacionados con el funcionamiento de las Facilidades Deportivas y Recreativas. B. Participar en el diseño y establecimiento de normas y procedimientos, tanto en el aspecto administrativo como operacional que regirán en las Facilidades Deportivas y Recreativas. C. Mantener comunicación con otras instituciones públicas O privadas dedicadas al desarrollo de actividades similares a las que se realizarán en las Facilidades de manera que intercambie ideas y se nutra de las experiencias de esas instituciones. D. Supervisar el personal asignado a las Facilidades, de manera que éste cumpla con los deberes y responsabilidades correspondientes a la posición que ocupa y a tono con las normas de la Agencia. E. Mantener un expediente de cada empleado a tono con las normas establecidas en la Agencia. F. Velar porque el personal observe las normas de disciplina establecidas en la Organización, tomando las medidas correctivas pertinentes. G. Solicitar la propiedad, equipo y vehículos oficiales necesarios, para el funcionamiento de las Facilidades. - 7 - H. Custodiar y velar por el buen uso de la propiedad, equipo y vehículos oficiales, así como por el mantenimiento requerido. I. Velar por el uso, mantenimiento y conservación de las Facilidades de manera que éstas se mantengan en condiciones óptimas de seguridad y limpieza. J. Establecer en coordinación con el Superintendente Auxiliar en Programas Juveniles, un programa de uso de facilidades para las actividades de la Liga Atlética Policíaca y preparar calendario de las normas durante el año. K. Coordinar todos los asuntos que conciernen a las actividades que se realizarán en las Facilidades. L. Mantener registro de los usuarios de las Facilidades Deportivas y Recreativas y los "Visitantes". M. Preparar un Plan de Desalojo, escrito, para casos de emergencias tales como: fuegos, terremotos, huracanes, etc. N. Realizar inspecciones diarias del equipo contra fuegos, y velar por el mantenimiento requerido a tono con las reglamentaciones vigentes y con los acuerdos de la contratación. O. Velar porque los abastos de agua siempre se mantengan con capacidad para suplir esta necesidad por lo menos para una semana. P. Gestionar con el Departamento de Servicios Sociales así como con cualquier otra Agencia que corresponda, permisos - 8 - necesarios para el funcionamiento de las Facilidades Deportivas y Recreativas. Q. Hacer los arreglos pertinentes para que las Facilidades Deportivas y Recreativas cumplan con las normas de salubridad. R. Realizar visitas a las dependencias de las Facilidades Deportivas y Recreativas conjuntamente con los directores de la Liga Atlética Policíaca antes que los grupos ingresen a las facilidades, de manera que conjuntamente con éstos, inspeccionen las áreas para asegurarse que estén en óptimas condiciones. Procederán de igual manera cuando se concluya con la estadía en las Facilidades Deportivas y Recreativas. S. Rendir informes mensuales y aquellos otros que sean requeridos, al Superintendente Auxiliar en Programas Juveniles sobre la labor realizada y las actividades realizadas en las Facilidades Deportivas y Recreativas. Para esos fines utilizará el formulario PPR-690 (6-94) "Informe sobre Actividades Realizadas en las Facilidades Deportivas y Recreativas de la Liga Atlética Policíaca de Villalba", este informe podrá ampliarse en un memorando explicativo. T. Realizar cualquier otra función que le asigne el Superintendente Auxiliar en Programas Juveniles.
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