Regl. 5338, art. 7
Reglamento para establecer la organización y funcionamiento de las facilidades deportivas y recreativas de la Liga Atlética de la Policía de Villalba:
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Cite as Reglamento Núm. 5338, Art. 7
Deberes y Responsabilidades del Director de las
Facilidades Deportivas y Recreativas de la Liga
Atlética Policíaca
A. Planificar, organizar, coordinar, dirigir y controlar todos
los asuntos relacionados con el funcionamiento de las
Facilidades Deportivas y Recreativas.
B. Participar en el diseño y establecimiento de normas y
procedimientos, tanto en el aspecto administrativo como
operacional que regirán en las Facilidades Deportivas y
Recreativas.
C. Mantener comunicación con otras instituciones públicas O
privadas dedicadas al desarrollo de actividades similares a
las que se realizarán en las Facilidades de manera que
intercambie ideas y se nutra de las experiencias de esas
instituciones.
D. Supervisar el personal asignado a las Facilidades, de
manera que éste cumpla con los deberes y responsabilidades
correspondientes a la posición que ocupa y a tono con las
normas de la Agencia.
E. Mantener un expediente de cada empleado a tono con las
normas establecidas en la Agencia.
F. Velar porque el personal observe las normas de disciplina
establecidas en la Organización, tomando las medidas
correctivas pertinentes.
G. Solicitar la propiedad, equipo y vehículos oficiales
necesarios, para el funcionamiento de las Facilidades.
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H. Custodiar y velar por el buen uso de la propiedad, equipo y
vehículos oficiales, así como por el mantenimiento
requerido.
I. Velar por el uso, mantenimiento y conservación de las
Facilidades de manera que éstas se mantengan en condiciones
óptimas de seguridad y limpieza.
J. Establecer en coordinación con el Superintendente Auxiliar
en Programas Juveniles, un programa de uso de facilidades
para las actividades de la Liga Atlética Policíaca y
preparar calendario de las normas durante el año.
K. Coordinar todos los asuntos que conciernen a las
actividades que se realizarán en las Facilidades.
L. Mantener registro de los usuarios de las Facilidades
Deportivas y Recreativas y los "Visitantes".
M. Preparar un Plan de Desalojo, escrito, para casos de
emergencias tales como: fuegos, terremotos, huracanes, etc.
N. Realizar inspecciones diarias del equipo contra fuegos, y
velar por el mantenimiento requerido a tono con las
reglamentaciones vigentes y con los acuerdos de la
contratación.
O. Velar porque los abastos de agua siempre se mantengan con
capacidad para suplir esta necesidad por lo menos para una
semana.
P. Gestionar con el Departamento de Servicios Sociales así
como con cualquier otra Agencia que corresponda, permisos
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necesarios para el funcionamiento de las Facilidades
Deportivas y Recreativas.
Q. Hacer los arreglos pertinentes para que las Facilidades
Deportivas y Recreativas cumplan con las normas de
salubridad.
R. Realizar visitas a las dependencias de las Facilidades
Deportivas y Recreativas conjuntamente con los directores
de la Liga Atlética Policíaca antes que los grupos ingresen
a las facilidades, de manera que conjuntamente con éstos,
inspeccionen las áreas para asegurarse que estén en óptimas
condiciones. Procederán de igual manera cuando se concluya
con la estadía en las Facilidades Deportivas y Recreativas.
S. Rendir informes mensuales y aquellos otros que sean
requeridos, al Superintendente Auxiliar en Programas
Juveniles sobre la labor realizada y las actividades
realizadas en las Facilidades Deportivas y Recreativas.
Para esos fines utilizará el formulario PPR-690 (6-94)
"Informe sobre Actividades Realizadas en las Facilidades
Deportivas y Recreativas de la Liga Atlética Policíaca de
Villalba", este informe podrá ampliarse en un memorando
explicativo.
T. Realizar cualquier otra función que le asigne el
Superintendente Auxiliar en Programas Juveniles.