Regl. 5365, art. X
Enmienda a las Normas para regir el Programa de Incentivos para Promover el Desarrollo de Parchas en PR.
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Cite as Reglamento Núm. 5365, Art. X
AUTORIDAD LEGAL Y VIGENCIA
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clr/Enmienda/2
5365
3 100pm
Núm.
23 de enero 1996
Fecha
Por: Laurth
Secretaria Auxiliar de Estado
ADMINISTRACION DE SERVICIOS Y DESARROLLO AGROPECUARIO
SANTURCE, PUERTO RICO
ENMIENDA
PARA ADICIONAR EL INCISO 11 AL ARTICULO IV DE LAS
NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA PROMOVER EL
DESARROLLO DE PARCHAS EN PUERTO RICO NUMERO 4570
INTRODUCCION:
La Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario,
creada mediante el Plan de Reorganización Número 1 del 4 de
mayo de 1994, en virtud de la Ley Número 5 del 6 de abril de
1993, tiene como propósito el propiciar la estabilidad y
permanencia del agricultor en la explotación de su finca a
través de subsidios, incentivos y ayudas económicas, para
nssrealizar prácticas conducentes a una mayor y mejor producción
agrÃcola.
En esta Industria, los costos de preparación del terreno,
adquisición de plántulas de semillas de calidad, emparrados,
abonamiento y otras prácticas de cultivo, ascienden
alrededor de $6,000.00 por cuerda, hasta el periodo de
cosecha. La A.S.D.A. ofrece hasta $800.00 de ayuda económica
por cuerda para ayudar a los agricultores a sufragar los
costos.
El Secretario de Agricultura, consciente de las
necesidades económicas para el establecimiento de una cuerda
de parcha y con el propósito de ayudar a los agricultores
establece que se lleven a cabo dos certificaciones para el
pago de la práctica, el 50% al completar la preparación del
terreno y siembra y, el restante 50% al completar el
emparrado del predio.
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SE ADICIONA EL INCISO 11 AL ARTICULO IV PARA QUE LEA COMO
SIGUE: