Regl. 2186, art. 4 dup3
Reglamento de Personal -- Areas esenciales al principio de merito: estructura y funcionamiento del Sistema de Administracion de Personal
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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 4 dup3
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
Este Artículo prescribe, conforme a la Ley, la
estructura organizativa y el modo de funcionamiento
de los organismos que componen el Sistema de Administración de Personal. Se concibe una estructura dinámica, que puede transformarse dentro de su marco legal
para aplicar efectivamente el principio de mérito hacia
el logro de servicios eficientes en la administración
pública. De igual manera, el patrón de relaciones entre
las unidades del Sistema puede modificarse para lograr
el grado óptimo de satisfacción en los empleados y de
armonía entre éstos y el Gobierno. El ordenamiento
interno del Sistema debe propender, en todo momento, a
tener un servicio público de excelencia sobre una base
de justicia.