Regl. 5373, art. VIII dup2
Expedición de certificados de asistencia
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Cite as Reglamento Núm. 5373, Art. VIII dup2
Los proveedores otorgarán a cada profesional participante un
certificado oficial que especifique, entre otras cosas, el nombre
de la institución, el tÃtulo de la actividad, el número de
identificación del proveedor, la fecha y el número de horas
contacto que se otorguen y la firma de los que auspician la
actividad.