Regl. 5373, art. V dup3
Término y renovación de la designación
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Cite as Reglamento Núm. 5373, Art. V dup3
Luego de estos trámites, la institución educativa u
organización profesional será designada por un perÃodo de tres (3)
años, al término del cual la renovación de la designación estará
supeditada a una petición formal de renovación por parte del
proveedor y al fiel cumplimiento de los requisitos para proveer
educación continua que se señalan en este Reglamento. La Junta
realizará una evaluación general de la prestación de servicios de
educación continua de cada proveedor en el trienio anterior a la
renovación solicitada con el fin de hacer una recomendación al
Secretario de Salud sobre la concesión de la misma.
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