Regl. 5373, art. X
Pago de derechos
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Cite as Reglamento Núm. 5373, Art. X
El profesional pagará la cantidad de setenta y cinco dólares
($75.00) en giro o cheque certificado a nombre del Secretario de
Hacienda por su registro y recertificación. Dicho pago deberá
incluirse con la solicitud de registro. La recertificación quedará
aplazada en aquellos casos en que se reciba la solicitud sin el
pago.