Regl. 5373, art. X

Pago de derechos

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Cite as Reglamento Núm. 5373, Art. X

El profesional pagará la cantidad de setenta y cinco dólares ($75.00) en giro o cheque certificado a nombre del Secretario de Hacienda por su registro y recertificación. Dicho pago deberá incluirse con la solicitud de registro. La recertificación quedará aplazada en aquellos casos en que se reciba la solicitud sin el pago.
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