Regl. 5378, art. VIII dup2

Gastos de inspección a tenor con la sección 2-105

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Cite as Reglamento Núm. 5378, Art. VIII dup2

de la Ley En el desempeño de su función reguladora de los planes de derecho de multipropiedad y clubes vacacionales, la Compañía tendrá la facultad de inspeccionar la propiedad o propiedades pertenecientes a un plan de derecho de multipropiedad O club vacacional y de contratar un consultor independiente para revisar el presupuesto del plan de derecho de multipropiedad o club vacacional. De la Compañía ejercitar las facultades antes descritas, todos los gastos razonablemente incurridos por ésta en el ejercicio de las mismas, serán sufragados por el desarrollador del plan de derecho de multipropiedad o club vacacional correspondiente.
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