Regl. 5378, art. XIV dup2

Revocación o suspensión del permiso de plan de

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Cite as Reglamento Núm. 5378, Art. XIV dup2

derecho de multipropiedad o club vacacional a tenor con la sección 11-104 de la Ley Un desarrollador cuyo permiso de plan de derecho de multipropiedad o club vacacional haya sido revocado o suspendido mediante una orden de la Compañía, luego de agotar todos los remedios administrativos disponibles, podrá solicitar la revisión judicial de dicha orden de conformidad con las disposiciones pertinentes del Reglamento número 4380 de la Compañía de Turismo conocido como Reglamento de Procedimiento Administrativo Uniforme de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, según el mismo pueda ser enmendado de tiempo en tiempo. -10-
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