Regl. 5382, art. XIX dup2
DE LA JUNTA; NOMBRAMIENTO Y DEBERES El
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Cite as Reglamento Núm. 5382, Art. XIX dup2
Director Ejecutivo con el consentimiento de la Junta, podrá nombrar un
Tesorero de la Autoridad el cual será el custodio de todos los fondos,
valores y cuentas de la Autoridad y tendrá los siguientes deberes y
responsabilidades:
a. Mantener y conservar un sistema de contabilidad de la Autoridad.
b. Mantener y controlar un registro de todos los activos y pasivos
de la Autoridad.
C. Firmar conjuntamente con el Director Ejecutivo ó con la persona
asà autorizadas los cheques y todo comprobante de desembolso de
fondos
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d. Mantener la cuenta ó cuentas que sean necesarias para la operación de la Autoridad.
e. Mantener una cuenta separada de cada proyecto, desarrollo u operación a fin de terminar su utilidad y conveniencia pública.
f. Preparar información financiera para la Junta 0 para el Director
Ejecutivo, a solicitud de estos.
g. Desempeñar cualquier otra función incidental a su cargo que la
Junta ó el Director Ejecutivo le asigne.
h. Prestar una fianza para responder al fiel cumplimiento de sus
obligaciones cuyo monto y tipo será determinado por la Junta.