Regl. 2186, art. 5-5.5 dup2
REINSTALACION DE EMPLEADOS DE CONFIANZA
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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 5-5.5 dup2
Si a un empleado de carrera con status regular se
le nombra en un puesto de confianza, del cual sea removido posteriormente, tendrá derecho a ser reinstalado en un
puesto igual O similar al que ocupaba en el servicio de
carrera al momento en que pasó a ocupar el de confianza,
preferiblemente en la misma agencia donde sea separado.
La Administración Central y cada Administrador Individual
reglamentarán la forma de implementar esta disposición.