Regl. 5384, art. 3 dup2
Deberes de los Miembros:
Length: 68 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5384, Art. 3 dup2
(a) Será deber de cada miembro de la Junta:
1. Procurar y cooperar con el fiel cumplimiento de la ley
y de los reglamentos por los que se rige la Junta.
2. Asistir a todas las reuniones de la Junta con
puntualidad y participar en sus deliberaciones.
3. Desempeñar y realizar aquellas encomiendas y
responsabilidades que le sean asignadas por el/la Presidente/a O
por la Junta en pleno.