Regl. 5384, art. 4 dup3
Términos y Funciones de los Oficiales de la Junta:
Length: 301 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5384, Art. 4 dup3
A. Del/la Presidente/a:
El/la presidente/a de la Junta será electo por votación de sus
miembros para un término de dos (2) años. En caso de vacante en la
presidencia antes de expirar su término, se elegirá un nuevo
Presidente por un perÃodo de dos (2) años. En ambos casos
resultará electo el candidato que obtenga la mayorÃa de votos de
los miembros presentes.
El/la Presidente (a) de la Junta tendrá las siguientes
funciones:
a. Presidirá todas las reuniones que celebre la Junta.
b. Tendrá autoridad para convocar reuniones
extraordinarias.
C. Autorizará con su firma las actas aprobadas,
licencias y los documentos oficiales de la
Junta Examinadora de Terapia Ocupacional. Además
podrá firmar la correspondencia regular de la Junta,
tales como certificaciones, cartas, autorizaciones
especiales de servicio público, cartas de solicitud
de información sobre leyes y reglamentos y otros de
5
naturaleza similar.
d. Ejecutará y hará que se cumplan los acuerdos de la
Junta.
e. Representará a la Junta en actividades oficiales.
B. Del/la Vice Presidente/a:
El/la Vice-Presidente/a de la Junta será electo por los
miembros de la Junta por un término de dos (2) años.
Sustituirá al (la) Presidente (a) en todas sus funciones en
caso de ser necesario.
C. Del (de la) Secretario (a) :
El (la) Secretario (a) de la Junta será un funcionario
designado por el Departamento de Salud.
Serán funciones del Secretario (a) las siguientes:
a) Firmará todas las actas de las sesiones.
b) Llevará el libro de actas de las sesiones.
c) Organizará el archivo de solicitudes radicadas por los
aspirantes a exámenes y licencias.
d) Mantendrá un registro de las licencias regulares y
provisionales otorgadas por la Junta y autorizaciones
de servicio público.
e) Custodiará todos los expedientes de la Junta.
f) Llevará el registro de la correspondencia recibida y
enviada por la Junta.