Regl. 5384, art. 7 dup2
Admisión a los Exámenes:
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Cite as Reglamento Núm. 5384, Art. 7 dup2
a) La decisión de la Junta sobre su solicitud será notificada
al candidato con las instrucciones en cuanto al examen o, si fuere
denegada, con la explicación de la razón O razones por las cuales
no ha sido aceptada su solicitud.
b) Al ser aceptada la solicitud se enviará al candidato una
hoja de admisión a examen donde se le indicará la hora, fecha
y el lugar donde deberá presentarse a tomar el examen. Para ser
admitido a examen, el solicitante entregará al examinador o
representante de la Junta la hoja de admisión conjuntamente con una
fotografÃa 2 X 2 y presentará una tarjeta de identificación que
acredite su identidad, al inicio del examen.