Regl. 5384, art. 8 dup3

Administración de los Exámenes:

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Cite as Reglamento Núm. 5384, Art. 8 dup3

a) Materiales para tomar el examen: La Junta proveerá al examinado todo el material necesario para contestar el examen y el examinado devolverá la copia del folleto de examen junto con la hoja de contestaciones. b) Forma del examen: El examen será escrito y contendrá preguntas de selección múltiple. c) Identificación del Examen: El nombre del aspirante así como cualquier otro número, palabra O marca que lo identifique o revele su identidad no aparecerá en ninguno de los documentos del examen de reválida. No obstante, la hoja de contestaciones y el folleto del examen tendrán un código que identificará al candidato al parearlo con el registro de los aspirantes a examen. 12 d) Puntualidad: Ningún candidato podrá entrar a tomar el examen una vez que se haya distribuído el mismo, y se hayan comenzando a impartir las instrucciones.
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