Regl. 5385, art. 8
ASESORES
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Cite as Reglamento Núm. 5385, Art. 8
La Junta de Subastas podrá referir cualquier subasta para estudio, evaluación y recomendaciones al asesor 0 grupo que entienda necesario y apropiado para el desempeño adecuado
de sus funciones.