Regl. 2186, art. 6-6.1 dup2
PLAN DE CLASIFICACION
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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 6-6.1 dup2
La clasificación de puestos fundamentada en criterios de uniformidad es la base del trato igual y justo
que entraña el principio de mérito para los servidores
públicos. Sobre esta premisa, los planes de clasificación de puestos se regirán por las siguientes normas:
1) Descripciones de Puestos
Siguiendo el patrón organizativo funcional de cada jurisdicción, habrá una descripción formal para cada puesto en la organización. Cada descripción de puesto será una
relación clara y precisa de los deberes y
responsabilidades, asà como del grado de autoridad y supervisión adscrito al mismo. Cualquier cambio que ocurra en esos factores se
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registrará prontamente en la descripción
del puesto y no menos de una vez al año
se pasará juicio sobre la clasificación
de los puestos que hubieren registrado
cambios. Cada descripción de puesto se
formalizará con las firmas del supervisor
inmediato y del jefe de la unidad primaria correspondiente.
Al tomar posesión de su puesto, a cada
empleado se le entregará copia de la descripción de su puesto y sobre la base del contenido de ese documento se le orientará y supervisará, y se evaluará su trabajo.
2) Especificaciones de clases
Se agrupará en clases todos los puestos,
según éstos sean iguales O sustancialmente
similares en cuanto a la naturaleza y complejidad de los deberes, y al grado de autoridad
y responsabilidad asignado al mismo. Cada
clase tendrá un tÃtulo corto que sea descriptivo de la naturaleza, y el nivel de complejidad y responsabilidad del trabajo. El
tÃtulo se usará en los asuntos de personal,
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presupuesto y finanzas. Siguiendo el mismo
patrón se preparará, en cada caso, una especificación de clase, que consistirá de una
descripción clara y precisa de los aspectos
determinantes de la clasificación del grupo
de puestos en cuestión, en términos de naturaleza y complejidad del trabajo, grado de
autoridad y responsabilidad de los incumbentes, tareas tÃpicas, y requisitos mÃnimos de
preparación, experiencia, conocimientos, habilidades y destrezas que deben reunir los
empleados en la clase. También incluirá la
duración del perÃodo probatorio. Las especificaciones de clases se formalizarán con
la firma del Director o de la Autoridad Nominadora correspondiente. Igual formalidad
requerirán los cambios que se efectúen en las
especificaciones para mantenerlas al dÃa a
tono con el patrón organizativo funcional correspondiente y con los deberes de los puestos.
3) Esquema Ocupacional
Las clases se agruparán en base a un
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esquema ocupacional O profesional, y dicho
esquema será parte integral del plan de clasificación.
4) Asignación de Puestos a Clases
Todos los puestos se asignarán formalmente a las clases correspondientes. No
existirá ningún puesto sin clasificación,
excepto aquellos puestos de confianza que
conforme a este reglamento no estén sujetos
al plan de clasificación.
5) Mantenimiento del Plan
El Plan de Clasificación se mantendrá
al dÃa mediante la actualización frecuente
de las descripciones de puestos, las especificaciones de clases y las asignaciones de
los puestos a las clases.