Regl. 5397, art. 4-4.2 dup2
Número de Empleados de Confianza
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Cite as Reglamento Núm. 5397, Art. 4-4.2 dup2
1. El Director preparará un plan que contenga
los puestos designados de confianza bajo los incisos
(1) y (2) de la Sección 4.1 que antecede, con que
interese funcionar. El número total de empleados de
confianza, a tenor con los referidos incisos (1) y (2)
no excederá de veinticinco (25)
2. El Director podrá aprobar más de veinticinco
(25) puestos de confianza cuando el tamaño,
complejidad u organización de la Oficina requiera un
número mayor para su funcionamiento eficiente.
3. En la designación de puestos de confianza,
el Director hará uso juicioso y restringido de la
facultad que a esos efectos le confiere la Ley.