Regl. 5397, art. 6-6.7 dup2

Asignación de las Clases de Puestos

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Cite as Reglamento Núm. 5397, Art. 6-6.7 dup2

a las Escalas de Retribución El Director asignará inicialmente las clases que integren el plan de clasificación a las escalas de sueldos contenidas en el plan de retribución vigente, a base principalmente de la jerarquía o posición relativa que se determine para cada clase dentro del plan de clasificación. Además, podrá tomar en consideración otras condiciones, como la dificultad existente en el reclutamiento y retención del personal para determinadas clases, cualificaciones necesarias para el desempeño de las funciones, oportunidades de ascensos evistentes dentro del plan de alacificación El Director podrá reasignar cualquier clase de puesto de una escala de retribución a otra de las contenidas en el plan de retribución, cuando la necesidad 0 eficiencia del servicio así lo requiera; O como resultado de un estudio que realizare con respecto a una clase de puesto, una serie de clases O un área de trabajo, o por exigencia de una modificación que se efectúe al plan de clasificación. Efectivo al comienzo de cada año fiscal, el Director asignará las clases de puestos comprendidas en el plan de clasificación a las escalas contenidas en el plan de retribución. Dicho documento incluirá además, el número de codificación asignado a cada clase.
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