Regl. 5397, art. 6-6.7 dup2
Asignación de las Clases de Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 5397, Art. 6-6.7 dup2
a las Escalas de Retribución
El Director asignará inicialmente las clases que
integren el plan de clasificación a las escalas de
sueldos contenidas en el plan de retribución vigente,
a base principalmente de la jerarquÃa o posición
relativa que se determine para cada clase dentro del
plan de clasificación. Además, podrá tomar en
consideración otras condiciones, como la dificultad
existente en el reclutamiento y retención del personal
para determinadas clases, cualificaciones necesarias
para el desempeño de las funciones, oportunidades de
ascensos evistentes dentro del plan de alacificación
El Director podrá reasignar cualquier clase de
puesto de una escala de retribución a otra de las
contenidas en el plan de retribución, cuando la
necesidad 0 eficiencia del servicio asà lo requiera;
O como resultado de un estudio que realizare con
respecto a una clase de puesto, una serie de clases
O un área de trabajo, o por exigencia de una
modificación que se efectúe al plan de clasificación.
Efectivo al comienzo de cada año fiscal, el
Director asignará las clases de puestos comprendidas
en el plan de clasificación a las escalas contenidas
en el plan de retribución. Dicho documento incluirá
además, el número de codificación asignado a cada
clase.