Regl. 2186, art. 7-7.10 dup2

Reglamento de Personal -- Areas esenciales al principio de merito: estructura y funcionamiento del Sistema de Administracion de Personal

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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 7-7.10 dup2

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE RECLUTAMIENTO Y SELECCION Cuando resulte impracticable atender a las necesidades del servicio con nombramientos hechos con sujeción al procedimiento ordinario establecido en este Reglamento, la Administración Central y cada Administrador Individual podrán utilizar procedimientos especiales de reclutamiento y selección para puestos de trabajadores no diestros O semi-diestros; puestos sufragados con fondos federales; puestos de duración fija, indeterminable, impredecible O imprecisa; puestos permanentes que deban cubrirse con carácter transitorio; y cuando no se disponga de registros de elegibles apropiados para determinadas clases de puestos y la urgencia del servicio a prestarse lo justifique. Los procedimientos especiales de reclutamiento y selección se ajustarán a las siguientes normas: 1) En todo caso se deberá asegurar que los nombramientos se hagan en consideración a la idoneidad y capacidad. 57 2) Los procedimientos especiales de reclutamiento y selección serán administrados por cada agencia. Estas podrán delegar la administración de estos procedimientos especiales en sus oficinas regionales o locales, manteniendo una supervisión central. 3) Se usarán los medios de comunicación más convenientes para anunciar las oportunidades de empleo cuando se inicie el proceso de reclutamiento de candidatos. 4) La fuente de reclutamiento podrá ser intragencial O externa, incluyendo cuando sea necesario, la Oficina Central de Administración de Personal, el Servicio de Empleos del Departamento del Trabajo, las instituciones educativas del país, O personas desempleadas en cualquier localidad. 5) Se establecerán listas de candidatos cualificados para cada clase de puesto. Para ello se utilizarán los exámenes que se estimen apropiados. 6) Todo candidato deberá reunir los requisitos mínimos establecidos para la clase de puesto. 7) El reclutamiento será contínuo hasta tanto se satisfagan las necesidades del servicio. 58 8) La selección deberá hacerse dentro de los candidatos mejor cualificados que estén disponibles en la lista de elegibles. Los nombramientos transitorios que se efectúen para cubrir puestos permanentes porque no se dispone de registros apropiados y la urgencia de los servicios a prestarse lo justifique, serán por un período máximo de noventa (90) días. Durante este período se deberán establecer los registros para cubrir los puestos. En estos casos el reclutamiento podrá limitarse al puesto y la zona a los fines de atender las necesidades específicas y particulares de la agencia. También, como Gltimo recurso y tomando en consideración las prioridades y urgencia del servicio, podrá ofrecerse un examen adecuado al candidato O los candidatos que hubiere disponibles y cualifiquen plenamente para desempeñar los deberes, y si aprobaran el examen podrá nombrárseles como empleados probatorios. Por conveniencia del servicio se podrá ascender O trasladar transitoriamente a empleados con status regular O probatorio para ocupar puestos de duración fija, puestos sufragados con fondos federales y otros recursos externos, y puestos permanentes que se deban 59 cubrir con carácter transitorio. Tales empleados conservarán los derechos adquiridos en sus puestos permanentes, entre ellos los de licencia y la reinstalación a sus puestos en propiedad.
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