Regl. 5397, art. 8-8.2

Traslados

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Cite as Reglamento Núm. 5397, Art. 8-8.2

1. Traslado significa el cambio de un empleado de puesto on Cuando ocurre en la misma Oficina significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase o a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo tipo mínimo de retribución. 2. Ambito de los Traslados Se podrán efectuar traslados de empleados: a. en la misma Oficina, o b. entre los Administradores Individuales y la Oficina y viceversa 3. Normas para los Traslados a. En cualquier caso de traslado el empleado deberá reunir los requisitos para el puesto al cual sea trasladado. b. En todo caso de traslado interagencial por necesidades del servicio, deberá mediar el consentimiento de la agencia en que el empleado preste servicios.
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