Regl. 2186, art. 7-7.1 dup2
NORMAS DE RECLUTAMIENTO
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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 7-7.1 dup2
1) Se establecerán normas de reclutamiento para
cada clase de puesto que propendan a atraer
y retener en el servicio público los mejores
recursos humanos disponibles.
2) Las normas establecerán los requisitos para
reclutamiento en base a los contenidos en
las especificaciones de clases. En todo
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momento, los requisitos deberán estar directamente relacionados con las funciones de
los puestos. Dichos requisitos tomarán en
consideración la información que hubiere disponible sobre el mercado de empleo y los recursos humanos. Las normas prescribirán la
clase O clases de exámenes y el tipo O los
tipos de competencia que fueren recomendables
en cada caso. Las normas se revisarán periódicamente para atemperarlas a los cambios que
ocurrieren.