Regl. 5422, art. 3

Subcomité Examinador

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El Comité Examinador de Técnicos de Emergencias Médicas podrá nombrar un Subcomité Examinador Este Subcomité estará compuesto por diez (10) miembros de los cuales cinco (5) serán Técnicos de Emergencias Médicas- Paramédico y cinco (5) serán Técnicos de Emergencias Médicas-Básico que posean licencias expedidas por el Secretario de Salud O su representante autorizado. La vigencia de estos nombramientos no excederá los cuatro (4) años. Los nombramientos podrán ser revocados por desición mayoritaria del Comité Examinador previa notificación. Ninguna persona podrá ser miembro del Subcomité por más de dos (2) términos consecutivos. Este Subcomité tendrá las siguientes funciones: 1. Asistir a los miembros del Comité Examinador en el ofrecimiento de exámenes de reválida. 2. Participar en las reuniones del Comité Examinador a las cuales sean invitados. En estas reuniones los miembros del Subcomité tendrán derecho a voz pero no a voto. 8 3. Asesorar al Comité Examinador cuando le sea requerido por éste en cuanto al contenido de los exámenes de reválida y manuales de orientación para candidatos a examen. Estas funciones serán realizadas de forma voluntaria y gratuita.
Regl. 5422, art. 3: Subcomité Examinador | Justis AI