Regl. 5443, art. XI
DERECHO A VISTA
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Cite as Reglamento Núm. 5443, Art. XI
Toda persona que se considere afectada en sus derechos por las determinaciones
tomadas por el Administrador en la interpretación de este reglamento podrá presentar una
querella, la cual será adjudicada conforme al Reglamento para Regular los Procedimientos de
Adjudicación Formal en el Departamento de la Vivienda y sus Agencias adscritas, si son
solicitantes; y si son residentes de acuerdo al Reglamento para la Atención de Quejas y
Señalamientos en los Residenciales Públicos, vigente.