Regl. 5447, art. 25.1

Reglamento de Administración y Control de la Flota de Vehículos Oficiales.

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Cite as Reglamento Núm. 5447, Art. 25.1

Registro General La Unidad de Transportación Central será responsable del Registro General de Todos los vehículos del Departamento de la Familia. En el 31 Registro General de los vehículos oficiales se deberá incluir la siguiente información: a. Historial de los vehículos 1. Descripción del vehículo a) número de identificación y serie b) marca, modelo y año C) accesorios y su origen, 0 sea, de fabrica 0 instalados 2- Detalles de la adquisición a) fecha de adquisición b) origen de los fondos C) de quién se adquirió d) costo de adquisición e) alcance de la garantía 3- Asignación y uso a) componente Operacional y funcionario para el cual se adquirió b) fecha de asignación C) número de tablilla "G.E." asignada d) número de tablilla confidencial asignada, si aplica Esta información será mantenida donde el Secretario determine, para asegurar su confidencialidad. e) cambios de asignaciones y fechas 4- Mantenimiento a) servicio de mantenimiento preventivo (1) fecha de servicios (2) tipo de servicio a base de la codificación establecida. 32 (3) costo b) Servicios de mejoras (1) Inclusión de accesorios, cambios de colores y otros (2) fecha de éstos (3) costo C) Servicios de reparaciones (1) causa (2) fecha (3) tipo de reparación (4) costo (5) si fuese ocasionado por accidente, número de accidente, nombre del conductor que conducía el vehículo oficial y fecha del accidente. d) Garantías (1) tipo de garantía reclamada (2) fecha (3) resultado 25.2 Registro de Exentos Además del Registro General de toda la flota de vehículos oficiales del Departamento, se llevará un Registro Confidencial General de aquellos vehículos que el Secretario haya autorizado, el cual contendrá la información provista en el Registro General, excepto el renglón identificación. Este Registro General Confidencial será responsabilidad del funcionario que determine el Secretario. 25.3 Responsabilidad de los Encargados de Transportación de suplir datos Será responsabilidad de los Encargados de Transportación del 33 Departamento suplirle todos los datos de sus vehículos oficiales a la Unidad de Transportación Central para que esta pueda crear y mantener actualizado el Registro General de vehículos oficiales del Departamento. CAPITULO X - TARJETAS DE CRÉDITO
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