Regl. 5447, art. 25.1-27

CLASES DE MANTENIMIENTO

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Cite as Reglamento Núm. 5447, Art. 25.1-27

sección 27.1 Mantenimiento preventivo LOS servicios de mantenimiento preventivo se ofrecen para proveer éxamenes minuciosos a los vehículos y efectuar las reparaciones necesarias para que existan condiciones de utilización seguras y adecuadas. a. Inspecciones periódicas Estas inspecciones se efectuarán con el propósito de asegurar que cada vehículo rinda el máximo de su capacidad y que el mismo esté 37 en condiciones seguras de funcionamiento. Estas serán efectuadas por los Encargados de Transportación y los Conductores. se realizarán inspecciones visuales diarias por los Encargados de Transportación a todos los vehículos oficiales del Departamento, independiente de a quién 0 para que uso estén asignados. Las mismas deberán efectuarse en el área donde estén estacionados los vehículos antes de ser usados. Las inspecciones visuales efectuadas por los Encargados de Transportación serán diariamente antes de entrar en movimiento el vehículo (por la mañana) y cuando el vehículo se entregue para ser guardado (por la tarde). El Encargado de Transportación, se asegurará de su estado físico exterior e interior y deberá verificar el millaje, bitacora, gomas, contenido del baúl y otros accesorios como radio, componentes y otros. Se realizarán inspecciones operacionales del funcionamiento de cada vehículo por el mismo conductor al inicio y a la culminación de cada viaje. El conductor se asegurará de que el vehículo esté en buen estado y que el mismo no resulte ser un riesgo para él y los usuarios. Se deberá inspeccionar 10 siguiente: 1- presión de aire en las gomas y condición de las mismas. 2- condición de frenos 3- nivel de aceite 4- nivel de gasolina 5- nivel de agua en la batería 6- condición de las luces 38 7- condición de la bocina 8- condición de la emergencia 9- nivel del agua en el radiador 10- condición de la respuesta 11- condición de las herramientas Cada vehículo oficial estará provisto de una bitácora exclusiva. Luego de cada inspección, se anotará en dicha bitacora en el formulario correspondiente el resultado de la misma. El Encargado de Transportación deberá realizar un informe escrito de la inspección que efectúe. Si encontrase alguna irregularidad grave, tomará la acción correspondiente para corregirla. AI efectuar las inspecciones diarias el conductor cumplimentará el formulario correspondiente en la bitácora y procederá a suplir al vehículo con lo necesario inmediatamente. Si de esta inspección se determina que el vehículo no fuere aceptable para ser utilizado, lo reportará en el formulario provisto para ello en la bitácora y de inmediato notificará al Encargado de Transportación para que éste determine la acción correspondiente. b. Servicios sencillos LOS servicios sencillos de mantenimiento son los que no es necesario tener conocimientos especializados en mecánica para realizarlos, tales como: cambio de aceite y filtro, cambio e instalación de poleas, bujías, platinos y condensador (tune up), lavado y engrase de caja, chasis 0 motor, montura, reparación y rotación de gomas y sustitución de piezas sencillas. Estos servicios los efectuará el mecánico o técnico a cargo de ello 39 en cada Componente Operacional, en la Unidad de Transportación Central, si hubiere taller. De no tener el taller y el personal para ello en el Departamento, se podrá contratar con el Area de Transporte de la Administración de Servicios Generales O con talleres privados. En circunstancias de emergencia estos servicios 0 parte de ellos los podrá efectuar cualquier empleado de la Unidad de Transportación. LOS servicios de mantenimiento sencillos serán efectuados con la frecuencia que determine el Encargado de Transportación, pero, al establecer los itinerarios se deberá tomar en cuenta como guías las recomendaciones del manufacturero y considerar el año, modelo y uso dado a los vehículos. De todo servicio de mantenimiento sencillo se anotará constancia en el formulario correspondiente, incluido en la bitacora del vehículo. C. Reparaciones LOS servicios de reparaciones los efectuará el personal de los talleres del Departamento si existe el taller y el personal especializado. De no existir o no poder estar preparados para efectuar cualquier tipo de reparación las mismas se podrán ordenar al Area de Transporte de la Administración de Servicios Generales o contratar talleres privados. LOS servicios de reparación no incluyen aquellos cubiertos por las garantías de los vehículos. LOS servicios de reparaciones comprenden todo tipo de reparación, incluyendo trabajos mayores de todos los sistemas de los vehículos tales como: freno, carburadores, reparación de motor y trasmisión, hojalatería y pintura, sistema eléctrico, acondicionador de aire y las reparaciones de equipo, y componentes especiales. 40 Las reparaciones a los vehículos se efectuarán cuantas veces sean necesario y será responsabilidad de los Encargados de Transportación llevar los récords precisos e informarlos a la Unidad de Transportación Central. De toda reparación que se lleve a cabo en cada vehículo se llevará constancia en el formulario correspondiente en la bitácora del mismo. LOS Encargados de Transportación serán responsables de velar porque se honren las garantías en las reparaciones efectuadas por talleres privados 0 por el Area de Transporte de la Administración de Servicios Generales. d. Garantías Las garantías son el mecanismo utilizado en los contratos 0 acuerdos de compra de vehículos para asegurarle al comprador seguridad en el buen funcionamiento y la calidad del vehículo comprado. Estas comprometen al vendedor, en caso donde la calidad 0 el funcionamiento del vehículo no llenen las normas de excelencia esperadas, a corregir sin costo dichos defectos a fin de que el vehículo logre el funcionamiento adecuado. Todas las Unidades de Transportación conservarán el control de reclamaciones para todos los renglones de las garantías de fábrica 0 de vendedor que envuelvan a los vehículos. Las disposiciones 0 cubiertas sobre la garantía de los vehículos adquiridos están incluidas en el contrato 0 acuerdo de compra y podrá variar por manufacturero. La Unidad de Transportación Central notificará individualmente a cada Encargado el alcance específico de la garantía que cubre los vehículos. 41 Será responsabilidad de la Unidad de Transportación correspondiente inspeccionar los vehículos nuevos al ser recibidos. Si al recibirlos o al entregarlos al Encargado de Transportación correspondiente, 0 luego de empezar a utilizarlos, en éstos se encuentran deficiencias dentro del término que cubre la garantía, inmediatamente la Unidad de Transportación Central hará los arreglos necesarios con el distribuidor 0 su representante para obtener la reparación del vehículo conforme a la garantía ofrecida. El Encargado de Transportación será responsable de preparar los informes de los vehículos que se le encuentre defectos, así como su mal funcionamiento 0 cualquier otra condición no satisfactoria. El conductor informará y colaborará con el Encargado de Transportación en la reclamación e informe de vehículos con desperfectos. Será responsabilidad de los Encargados de Transportación y Conductores asegurarse de aprovechar al máximo las garantías. LOS Encargados de Transportación serán responsables para que se haga constar en el formulario correspondiente para ello, en la bitácora del vehículo, todos las reclamaciones y reparaciones efectuadas contra la cubierta de garantías. e. Itinerarios de mantenimiento preventivo LOS Encargados de Transportación del Departamento serán responsables de preparar un itinerario de mantenimiento preventivo de todos y cada uno de los vehículos de su "pool". LOS Encargados de Transportación, al establecer dichos itinerarios, programarán de forma 42 tal que no se afecten las necesidades de transportación del Departamento. CAPITULO XII - BITACORA
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