Regl. 5447, art. 37.1

Reglamento de Administración y Control de la Flota de Vehículos Oficiales.

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Cite as Reglamento Núm. 5447, Art. 37.1

Requisitos de Conductor Oficial Los requisitos de Conductor Oficial establecidos por este Reglamento son los siguientes: a. Ser mayor de dieciocho (18) años de edad b. Saber leer y escribir español C. Poseer licencia de conductor, chofer 0 conductor de equipo pesado expedida por el Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico y en otros casos, 49 dependiendo del medio de transportación que vaya a conducir. d. Haber suministrado copia de su nombramiento en un puesto de conductor. 37.2 Requisitos de Conductor Autorizado LOS requisitos de Conductor Autorizado establecidos por este Reglamento son los siguientes: a. Ser mayor de edad. b. Saber leer y escribir. C. Poseer licencia de conductor, chofer 0 conductor de equipo pesado expedida por el Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, dependiendo del medio de transportación que vaya a conducir. 37.3 Requisitos de Conductor Especial LOS requisitos de Conductor Especial establecidos en este Reglamento son los siguientes: a. Ser mayor de dieciocho (18) años de edad b. Tener licencia del Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico 37.4 Elegibilidad Cualquier persona o empleado que cumpla con los requisitos establecidos para estas tres (3) designaciones en este Reglamento.
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