Regl. 5447, art. 37.1
Reglamento de Administración y Control de la Flota de Vehículos Oficiales.
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Cite as Reglamento Núm. 5447, Art. 37.1
Requisitos de Conductor Oficial
Los requisitos de Conductor Oficial establecidos por este Reglamento
son los siguientes:
a. Ser mayor de dieciocho (18) años de edad
b. Saber leer y escribir español
C. Poseer licencia de conductor, chofer 0 conductor de equipo pesado
expedida por el Secretario del Departamento de Transportación y
Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico y en otros casos,
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dependiendo del medio de transportación que vaya a conducir.
d. Haber suministrado copia de su nombramiento en un puesto de
conductor.
37.2 Requisitos de Conductor Autorizado
LOS requisitos de Conductor Autorizado establecidos por este
Reglamento son los siguientes:
a. Ser mayor de edad.
b. Saber leer y escribir.
C. Poseer licencia de conductor, chofer 0 conductor de equipo pesado
expedida por el Secretario del Departamento de Transportación y
Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, dependiendo del medio
de transportación que vaya a conducir.
37.3 Requisitos de Conductor Especial
LOS requisitos de Conductor Especial establecidos en este Reglamento
son los siguientes:
a. Ser mayor de dieciocho (18) años de edad
b. Tener licencia del Departamento de Transportación y Obras Públicas
del Gobierno de Puerto Rico
37.4 Elegibilidad
Cualquier persona o empleado que cumpla con los requisitos
establecidos para estas tres (3) designaciones en este Reglamento.