Regl. 5449, art. V-VI

Reglamento para la otorgación de contratos

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Cite as Reglamento Núm. 5449, Art. V-VI

INTERPRETACION DE PALABRAS Y FRASES En general, las palabras y frases usadas en este Reglamento se interpretarán según el contexto y el significado sancionado por el uso común y corriente. Las voces usadas en el tiempo presente incluyen también el futuro; las usadas en el género masculino incluyen también 2 el femenino O neutro, salvo las cosas en que tal interpretación resultase absurda; el número singular incluye el plural y el plural incluye el singular. En particular, las siguientes palabras utilizadas en este Reglamento son términos abreviados 0 definiciones de las frases y palabras que a continuación se relacionan: A. Definiciones: 1. Administradores Funcionarios nombrados por el Secretario para dirigir las Administraciones creadas por el Plan de Reorganización Núm. 1 del 28 de julio de 1995. 2. Componentes Operacionales- Se refiere al Secretariado y las Administraciones creadas mediante el Plan de Reorganización Núm. 1 del 28 de julio de 1995, a saber: Administración de Familia y Niños, Administración de Desarrollo Socio Económico de la Familia, Administración de Sustento de Menores y la Administración de Rehabilitación Vocacional. 3. Contratista - Persona natural O jurídica con quien el Departamento de la Familia tenga vigente un contrato. 4. Contrato-Documento legal suscrito por el Secretario o su Representante autorizado en representación del Departamento y sus Componentes Operacionales y por un 3 contratista, que contenga los términos y condiciones acordadas. 5. Departamento - El Departamento de la Familia y sus Componentes Operacionales. 6. Representante autorizado - Funcionario autorizado por el Secretario para ejecutar funciones expresadas en este Reglamento, incluyendo a los Administradores. 7. Secretario- El Secretario del Departamento de la Familia.
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