Regl. 5449, art. V-VI
Reglamento para la otorgación de contratos
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Cite as Reglamento Núm. 5449, Art. V-VI
INTERPRETACION DE PALABRAS Y FRASES
En general, las palabras y frases usadas en este Reglamento se
interpretarán según el contexto y el significado sancionado por el uso
común y corriente. Las voces usadas en el tiempo presente incluyen
también el futuro; las usadas en el género masculino incluyen también
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el femenino O neutro, salvo las cosas en que tal interpretación
resultase absurda; el número singular incluye el plural y el plural
incluye el singular.
En particular, las siguientes palabras utilizadas en este Reglamento
son términos abreviados 0 definiciones de las frases y palabras que
a continuación se relacionan:
A. Definiciones:
1. Administradores Funcionarios nombrados por el
Secretario para dirigir las Administraciones creadas por el
Plan de Reorganización Núm. 1 del 28 de julio de 1995.
2. Componentes Operacionales- Se refiere al Secretariado
y las Administraciones creadas mediante el Plan de
Reorganización Núm. 1 del 28 de julio de 1995, a saber:
Administración de Familia y Niños, Administración de
Desarrollo Socio Económico de la Familia, Administración
de Sustento de Menores y la Administración de
Rehabilitación Vocacional.
3. Contratista - Persona natural O jurÃdica con quien el
Departamento de la Familia tenga vigente un contrato.
4. Contrato-Documento legal suscrito por el Secretario o su
Representante autorizado en representación del
Departamento y sus Componentes Operacionales y por un
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contratista, que contenga los términos y condiciones
acordadas.
5. Departamento - El Departamento de la Familia y sus
Componentes Operacionales.
6. Representante autorizado - Funcionario autorizado por el
Secretario para ejecutar funciones expresadas en este
Reglamento, incluyendo a los Administradores.
7. Secretario- El Secretario del Departamento de la Familia.