Regl. 5450, art. 13.12

Deberes del Recaudador Oficial

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Cite as Reglamento Núm. 5450, Art. 13.12

Los deberes del recaudador asignado a la Junta de Subastas serán los siguientes: a) Responder al Presidente de la Junta de Subastas y coordinar su trabajo con el Secretario de la Junta de Subastas. b) Recaudar todas las garantías recibidas con las ofertas. c) Expedir recibos por las garantías recibidas. 57 d) Depositar las garantías en la cuenta de banco correspondiente o en su caja fuerte, según sea el caso. e) Preparar un Informe a la Junta de Subastas sobre las garantías recibidas de cada licitador en cada subasta. f) Someter un informe oficial al Pagador Oficial del Departamento, después de la adjudicación de cada subasta sobre el estado de las garantías con recomendaciones sobre devolución de efectivo, si fuera el caso. g) Cumplir con los otros deberes de su designación y con la reglamentación aplicable.
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