Regl. 5450, art. 14.14

Radicación de la Impugnación

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Cite as Reglamento Núm. 5450, Art. 14.14

Toda impugnación de convocatoria a subasta deberá radicarse ante el Secretario o su Representante autorizado en un término no mayor de cinco (5) días calendarios contados a partir de la fecha del depósito de dicha convocatoria en el correo o en un término no mayor de tres (3) días contados a partir de que el licitador recibiera el pliego de la subasta a la mano, O mediante cualquier otro medio en que conste el recibo de la entrega. No se 67 considerarán impugnaciones recibidas con posterioridad a los términos aquí provistos.
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