Regl. 5450, art. 16.12
Evaluación y Recomendación por la Oficina de
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Cite as Reglamento Núm. 5450, Art. 16.12
Compras y Suministros
a- Recibo del Expediente
La Oficina de Compras y Suministros recibirá el
expediente de la subasta para estudio y evaluación
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preliminar de las ofertas, asegurándose, cuando lo reciba
de que el expediente esté completo.
b- Informe de Evaluación
La Oficina de Compras y Suministros analizará las
ofertas y someterá un Informe de Evaluación, con sus
recomendaciones, a la Junta de Subastas. La
evaluación de las ofertas comenzarán con las mas bajas
recibidas considerando los requisitos mÃnimos
establecidos en la subasta.
C- Término para Someter el Informe de Evaluación
El Informe deberá ser remitido a la Junta de
Subastas con la premura que requieran las circunstancias.
d- Análisis de las Ofertas
1) La Oficina de Compras y Suministros evaluará
minuciosamente todas la ofertas con el fin de
determinar si el licitador cumplió con todas las
especificaciones, términos y condiciones contenidas
en el pliego y no se ampliará a aquellas que
pudieron o debieron haberse solicitado.
2) La Oficina de Compras y Suministros tendrá que
incluir en su Informe un analisis sobre cada una de
las ofertas recibidas.
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3) La Oficina de Compras y Suministros
considerará los precios de las ofertas que cumplan
con las especificaciones, términos y condiciones.
Las ofertas que no cumplan con los requisitos
establecidos no serán consideradas. No obstante el
Departamento se reserva el derecho de considerar
ofertas, obviando el cumplimiento de requisitos
menores si ello es conveniente para los intereses
del Departamento.
4) La Oficina de Compras y Suministros podrá
obtener en el mercado información sobre precios,
cuando a su juicio y a base de su experiencia,
entienda que los precios cotizados en una O más
ofertas son irrazonables.
5) La Oficina de Compras y Suministros expondrá
razones especÃficas para recomendar la
adjudicación a determinado licitador.
6) La evaluación de las ofertas es de carácter
confidencial. Ningún empleado de la Oficina de
Compras y Suministros, ni ningún asesor técnico
estará autorizado a hacer manifestaciones públicas
O privadas sobre las recomendaciones, contenido
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del Informe O de la posibilidad de adjudicación de la
subasta en cuestión a determinado licitador.
CAPITULO VIII:
ADJUDICACION
ArtÃculo
17 Reunión de la Junta de Subastas
17.1
Convocatoria a la Reunión
Una vez el Secretario de la Junta de Subastas reciba el
Informe de Evaluación de la Oficina de Compras y
Suministros, le informará al Presidente de la Junta para que
éste convoque a la Junta de Subastas para una reunión de
evaluación y adjudicación. Dicha reunión deberá
celebrarse dentro de un plazo no mayor de cinco (5) dÃas
calendarios a partir del momento del recibo del Informe de
Evaluación sometido por la Oficina de Compras y
Suministros. El Presidente de la Junta de Subastas deberá
considerar situaciones excepcionales, en las cuales se
requiera convocar la reunión en un término de tiempo
menor. El Secretario de la Junta de Subastas enviará
copia de dicha citación a la Oficina de Compras y
Suministros para que haya un funcionario disponible, en
caso de que la Junta de Subastas entienda necesario
dialogar con el personal de esa oficina que tuvo a cargo la
evaluación preliminar.
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17.2
Personas Autorizadas Para Estar en la Reunión de la
Junta de Subastas
El acto de evaluación para la adjudicación de subastas de
adquisición o venta se celebrará, mediante reunión privada,
en la cual esté constituida la Junta de Subastas. Podrán
asistir a la reunión de adjudicación los miembros de la
Junta de Subastas, el Secretario de la Junta de Subastas,
el Representante autorizado de la Oficina de Compras y
Suministros, y cualquier asesor o perito que haya
participado en la evaluación, O que la Junta de Subastas le
solicite asesoramiento.
17.3
Análisis de la Junta de Subastas
La Junta de Subastas determinará, en primera instancia,
cuales ofertas son susceptibles de ser consideradas para
adjudicación. Para ello tomará en consideración la
información contenida en el Acta de Apertura, en el Informe
del Recaudador y en el Informe de Evaluación de la Oficina
de Compras y Suministros. Considerará, además, las
disposiciones contenidas en este Reglamento.
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17.4
Analisis de Ofertas de Equipo
AI evaluar las ofertas recibidas en las subastas de equipo
en general, la Junta de Subastas tomará en consideración
los siguientes factores, los cuales figurarán en el Pliego de
Subastas:
a. EconomÃa en el consumo de combustible o fuerza
eléctrica de un equipo, de acuerdo a los estándares
establecidos por el "LCC Criteria", (Life Cycle Cost
Criteria).
b. Frecuencia en reparación de un equipo.
C. Facilidades de locales para el mantenimiento de
equipo.
d. Costos de las piezas de repuesto.
e. Factores que afectan al servicio, como disponibilidad
de piezas.
17.5
Norma General de Adjudicación
a) Subasta de Compras
La adjudicación de las subastas de compras se hará
a favor del licitador responsable que esté respaldado
por un historial de capacidad y cumplimiento que
lleve al ánimo de la Junta de Subastas certeza
razonable de que cumplirá con los términos y
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condiciones del contrato que en su dÃa se otorgue,
siempre y cuando la oferta reúna los siguientes
requisitos:
1. Que cumpla con las especificaciones
2. Que cumpla con los términos, condiciones y
demás requisitos establecidos en el pliego de
la subasta.
3. Que cotice el precio más bajo. La
determinación de la Junta de Subastas en
cuanto a precio deberá considerar los
posibles descuentos y aplicación de
porcientos en relación a leyes especiales
tales como la "Ley de PolÃtica Preferencial".
Descuentos ofrecidos con sujeción a la fecha
de los pagos, no se considerarán para
efectos de adjudicación, excepto si asà se
dispusiera en el Pliego de Subasta para
todos los licitadores.
17.6
Subastas de Venta
Las subastas de ventas se adjudicarán a favor del postor
cuya oferta sea la más alta y razonable en relación a la
tasación fijada para el bien.
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17.7
Circunstancias Extraordinarias
a) Empates
Cuando dos (2) 0 más licitadores hiciesen ofertas
idénticas en especificaciones, condiciones y precios, y
éstas resulten ser las mejores para los intereses del
Departamento, se procederá de la siguiente manera:
(1) Notificación de Partidas Adjudicadas -
Cuando el empate no sea en la totalidad de la
subasta, si no solamente en algunas partidas de
ésta, se procederá a notificar la adjudiación de las
demás partidas evaluadas y adjudicadas.
(2) Empate de Ofertas
Dos O más ofertas se consideran empatadas cuando
sean identÃcas en precios, especificaciones y demás
condiciones estipuladas en la invitación a subasta.
La Junta de Subastas o su Representante
autorizado podrá:
(a) Decidir el empate de las ofertas de los
licitadores a base de la experiencia que
haya obtenido con los mismos en
contratos que le hayan sido otorgados
anteriormente.
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(b) Anunciar una solicitud de precios
informal donde sólo participen los
licitadores empatados.
(c) Adjudicar la misma por sorteo en
presencia de los licitadores que hayan
resultado empatados.
1) En caso de que los
representantes de los licitadores no
comparezcan, el sorteo podrá
efectuarse ante testigos imparciales.
(d) Cuando el Director de la Oficina de
Compras y Suministros lo considere
conveniente para los mejores intereses
del Departamento y en casos
excepcionales, se podrá adjudicar la
subasta a ambos licitadores siempre
que se obtenga la aprobación escrita
de éstos.
17.8
Un Solo Licitador
Es obligación de la Oficina de Compras y Suministros estar
al dÃa con los cambios en el mercado con el fin de poder
determinar con anterioridad a una convocactoria, si hay una
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sola fuente disponible en el mercado para determinado bien
y producto. De esta forma se evitará tener que recurrir al
mecanismo de subasta formal. No obstante, siempre existe
la posibilidad de que se reciba una sola oferta, en cuyo
caso, la Junta de Subastas podrá adjudicar la subasta a
favor de dicho licitador, si su oferta cumple con las
especificaciones y condiciones de la subasta y el precio es
razonable.
17.9
Rechazo de la Unica Oferta
Se podrá rechazar la única oferta recibida, aunque ésta
reuna los requisitos de la subasta si el precio ofrecido es
irrazonable, o si a juicio de la Junta de Subastas, el historial
de capacidad y cumplimiento del licitador no lleva el ánimo
de la Junta de Subastas una certeza razonable de que éste
cumplirá con los términos y condicones del contrato que en
su dÃa se otorgue.