Regl. 5450, art. 17.21

Irregularidades Permisibles

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Cite as Reglamento Núm. 5450, Art. 17.21

La Junta de Subastas o su Representante autorizado podrán excusar u obviar cualquier informalidad o desviación menor en las ofertas recibidas, tales como : a) Desviaciones de las especificaciones, términos y/o condiciones que a juicio de la Junta de Subastas o su Representante autorizado no están en conflicto con el uso, funcionamiento y calidad de los artículos o servicios, siempre que con ello se beneficie y salvaguarde los intereses del Departamento.
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