Regl. 5450, art. 17.23
Acta de Adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 5450, Art. 17.23
Una vez evaluadas las ofertas, conforme a lo provisto en
las secciones anteriores, el Secretario de la Junta de
Subastas levantará un Acta de Adjudicación, en la cual
resumirá cada una de las ofertas que fueron evaluadas,
comenzando por la que mayor beneficios brinde al
Departamento y así sucesivamente. Señalará cuales
ofertas se rechazaron y las razones para ello y se hará
constar el resultado de la votación. Los miembros
presentes votarán en cada partida a favor del licitador que
cumpla con las especificaciones y términos y condiciones
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y cuya oferta en general sea más beneficiosa para el
Departamento.