Regl. 5450, art. 9.24
Garantía de Licitación (Bid Bond) Respaldo
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Cite as Reglamento Núm. 5450, Art. 9.24
provisional que tiene que presentar el licitador, con el
propósito de asegurar que habrá de sostener su oferta,
durante todo el procedimiento de la subasta. Las mismas
deben ser prestadas en efectivo, cheques certificados,
giros o por compañías de seguros autorizadas a hacer
negocios en Puerto Rico, por la Oficina del Comisionado de
Seguros.