Regl. 5455, art. 14-14.5 dup2
Notificación al Solicitante
Length: 111 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5455, Art. 14-14.5 dup2
1. Se notificará por escrito al empleado la acción tomada en el
caso de su solicitud de reingreso. En los casos de empleados
cesanteados se les informará por escrito sobre el reingreso
efectuado.
2. Al rechazar una solicitud de reingreso, el Secretario (a)
informará al empleado, en su notificación, la causa o causas
en que se fundamente la acción y el empleado podrá solicitar
una reconsideración de esta decisión dentro del término de
diez (10) dÃas a partir de la fecha de la notificación. Si la
decisión es confirmada, el empleado podrá apelar ante la Junta
dentro del término de treinta (30) dÃas a partir de la
notificación de la decisión.