Regl. 5455, art. 14-14.7 dup2
PerĂodo Probatorio en Casos de Reingresos
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Cite as Reglamento NĂºm. 5455, Art. 14-14.7 dup2
Las personas que reingresen al Departamento de la Familia
estarĂ¡n sujetos al perĂodo probatorio correspondiente. Sin
embargo, el Secretario (a) podrĂ¡ asignar status regular a tales
empleados cuando como consecuencia del reingreso sean nombrados en
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un puesto dentro del término de un (1) año a partir de la fecha de
la separaciĂ³n del servicio.