Regl. 5455, art. 18-18.1 dup2

"The Americans With Disabilities Act"

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Cite as Reglamento Núm. 5455, Art. 18-18.1 dup2

1. IMPEDIMENTO Significa el deterioro físico o mental que limita sustancialmente una o más de las actividades principales en la vida diaria de una persona. 144 2. INDIVIDUO CUALIFICADO CON IMPEDIMENTO Significa un individuo con impedimento que cumple con los requisitos de preparación académica, experiencia, habilidades y destrezas; y otros requerimientos de la ocupación o empleo que ocupa O desea y que, con O sin acomodo razonable, puede desempeñar las funciones esenciales de dicha posición. 3. ACOMODO RAZONABLE Significa el ajuste o modificación al proceso de solicitud y selección que facilite o permita al impedido cualificado ser considerado para la posición deseada; O cualquier modificación o ajuste al ambiente de trabajo o, a la manera o circunstancias bajo las cuales la posición que se desea normalmente se realiza, de manera que la persona cualificada con impedimento pueda desempeñar las funciones esenciales de dicha posición; o cualquier modificación o ajuste para permitir que el empleado, cualificado con impedimento pueda disfrutar de los mismos beneficios y privilegios del empleo, en la misma forma que los disfrutan otros empleados no impedidos en situaciones similares; siempre que no se imponga una carga desmedida al patrono. 4. FUNCIONES ESENCIALES Significa los deberes o tareas fundamentales de la posición que la persona con impedimento ocupa O desea. No incluye tareas marginales a dichas funciones. 145
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