Regl. 5455, art. 8-8.8 dup2
Separación de Empleados Transitorios
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Cite as Reglamento Núm. 5455, Art. 8-8.8 dup2
Los empleados transitorios podrán ser separados de sus puestos
en cualquier momento dentro del término de su nombramiento, en cuyo
caso se aplicarán las normas de retención (cesantÃa o destitución)
que correspondan según sea el caso.