Regl. 5455, art. 9-9.2 dup2

Planes de Adiestramiento, Capacitación y Desarrollo

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Cite as Reglamento Núm. 5455, Art. 9-9.2 dup2

1. Inventario de Necesidades Anualmente el Departamento de la Familia hará un inventario de las necesidades de adiestramiento y desarrollo de sus recursos humanos. El inventario de necesidades servirá de base al plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo de personal. 2. Plan de Adiestramiento Se preparará anualmente un plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo de personal del Departamento de la Familia. El plan deberá incluir el uso adecuado de medios de adiestramientos tales como becas, licencias con O sin sueldo para estudios, seminarios o cursos de corta duración matrículas, pasantías e intercambios de personal en Puerto 67 Rico O en el exterior. Incluirá, además, estimados de costos de las actividades programadas. Al preparar el plan se tomará en consideración lo siguiente: a) las necesidades presentes identificadas y la proyección de necesidades futuras por servicios de personal; b) las prioridades programáticas del Departamento de la Familia y la atención de las mismas a corto y a largo plazo; c) la identificación precisa de los problemas que el Departamento de la Familia aspira a solucionar mediante el adiestramiento, la capacitación y el desarrollo de su personal. d) los estándares de ejecución que el Departamento de la Familia establezca para su personal; e) el compromiso que el plan conlleva por parte del Departamento de la Familia en cuanto a la inversión de recursos y de tiempo necesarios para el desarrollo de su personal. Dicho plan se someterá no más tarde del 31 de agosto de cada año al Instituto para el Desarrollo de Personal en el Servicio Público (IDP) y se utilizará en la elaboración del plan global de adiestramiento al servicio público. Luego de que se reciba copia del Plan Global de Adiestramiento para satisfacer necesidades generales y comunes del servicio público preparado por el Instituto, se hará el reajuste correspondiente en el plan de adiestramiento del Departamento 68 de la Familia para satisfacer las necesidades inherentes a su particular función. El plan podrá incluir también aquellas actividades de adiestramiento para atender necesidades generales y comunes que el Instituto no pueda incluir en el plan global por razones presupuestarias o de prioridades, cuando exista la urgencia de dar atención a las mismas y el Instituto lo permita.
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