Regl. 5455, art. 9-9.2 dup2
Planes de Adiestramiento, Capacitación y Desarrollo
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Cite as Reglamento Núm. 5455, Art. 9-9.2 dup2
1. Inventario de Necesidades
Anualmente el Departamento de la Familia hará un inventario de
las necesidades de adiestramiento y desarrollo de sus recursos
humanos. El inventario de necesidades servirá de base al plan
de adiestramiento, capacitación y desarrollo de personal.
2. Plan de Adiestramiento
Se preparará anualmente un plan de adiestramiento,
capacitación y desarrollo de personal del Departamento de la
Familia.
El plan deberá incluir el uso adecuado de medios de
adiestramientos tales como becas, licencias con O sin sueldo
para estudios, seminarios o cursos de corta duración
matrÃculas, pasantÃas e intercambios de personal en Puerto
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Rico O en el exterior. Incluirá, además, estimados de costos
de las actividades programadas.
Al preparar el plan se tomará en consideración lo siguiente:
a)
las necesidades presentes identificadas y la proyección
de necesidades futuras por servicios de personal;
b)
las prioridades programáticas del Departamento de la
Familia y la atención de las mismas a corto y a largo
plazo;
c)
la identificación precisa de los problemas que el
Departamento de la Familia aspira a solucionar mediante
el adiestramiento, la capacitación y el desarrollo de su
personal.
d)
los estándares de ejecución que el Departamento de la
Familia establezca para su personal;
e)
el compromiso que el plan conlleva por parte del
Departamento de la Familia en cuanto a la inversión de
recursos y de tiempo necesarios para el desarrollo de su
personal.
Dicho plan se someterá no más tarde del 31 de agosto de cada
año al Instituto para el Desarrollo de Personal en el Servicio
Público (IDP) y se utilizará en la elaboración del plan global
de adiestramiento al servicio público.
Luego de que se reciba copia del Plan Global de Adiestramiento
para satisfacer necesidades generales y comunes del servicio
público preparado por el Instituto, se hará el reajuste
correspondiente en el plan de adiestramiento del Departamento
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de la Familia para satisfacer las necesidades inherentes a su
particular función.
El plan podrá incluir también aquellas actividades de
adiestramiento para atender necesidades generales y comunes
que el Instituto no pueda incluir en el plan global por
razones presupuestarias o de prioridades, cuando exista la
urgencia de dar atención a las mismas y el Instituto lo
permita.