Regl. 5456, art. 10-10.1
Normas General
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Cite as Reglamento Núm. 5456, Art. 10-10.1
Los beneficios marginales representan un ingreso adicional
para el empleado, seguridad y mejores condiciones de empleo. La
administración del programa de beneficios marginales, en forma
justa y eficaz, propende a establecer un clima de buenas relaciones
y satisfacción en el empleado, que contribuye a su mayor
productividad y eficiencia. Las agencias son responsables de velar
porque el disfrute de los beneficios marginales se lleve a cabo
conforme a un plan que mantenga el adecuado balance entre las
necesidades del servicio y las necesidades del empleado, y la
utilización óptima de los recursos disponibles.
Constituye responsabilidad primordial del Secretario (a) el
mantener a los empleados debidamente informados y orientados sobre
los beneficios marginales y los términos y condiciones que rigen su
disfrute.