Regl. 5456, art. 10-10.3

Días Feriados

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Cite as Reglamento Núm. 5456, Art. 10-10.3

Los días que se enumeran a continuación serán días feriados para los empleados de confianza del Departamento. 31 FECHA CALENDARIO 1. 1ro. de enero Día de Año Nuevo 2. 6 de enero Día de Reyes 3. Segundo lunes de enero Natalicio de Eugenio María de Hostos 4. Tercer lunes de enero Natalicio Rev. Martín Luther King 5. Tercer lunes de febrero Natalicio Jorge Washington 6. 22 de marzo Día de la Abolición de la Esclavitud 7. Movible Viernes Santo 8. Tercer lunes de abril Natalicio de José de Diego 9. Ultimo lunes de mayo Día de la Conmemoración de los Muertos en la Guerra 10. 4 de julio Día de la Independencia de los Estados Unidos 11. Tercer lunes de julio Natalicio Luis Muñoz Rivera 12. 25 de julio Día de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico 13. 27 de julio Natalicio de José Celso Barbosa 14. Primer lunes de septiembre Día del Trabajo y de Santiago Iglesia Pantín 32 FECHA CALENDARIO 15. 12 de octubre Día de la Raza (Día del Descubrimiento de América 16. 11 de noviembre Día del Veterano 17. noviembre (movible) Día de las Elecciones 18. 19 de noviembre Día del Descubrimiento de P.R. 19. Cuarto jueves de noviembre Día de Acción de Gracias 20. 25 de diciembre Día de Navidad En adición, se consideran días feriados aquellos declarados como tales por el Gobernador. En el caso en que la celebración de un día feriado cayera en domingo, la celebración del mismo será observada el día siguiente. Cuando por necesidades del servicio se haya establecido una semana de trabajo donde los días de descanso no sean, sábado y domingo y el segundo día de descanso coincide con un día feriado, o se le requiera a cualquier empleado que preste servicios en determinado día de fiesta legal, la autoridad nominadora podrá a su discreción conceder libre el día siguiente al feriado.
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