Regl. 5456, art. 5-5.5 dup2
Esquema ocupacional
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Cite as Reglamento Núm. 5456, Art. 5-5.5 dup2
El Secretario (a), una vez agrupados los puestos, determinadas
las clases que constituirán el Plan de Clasificación y designadas
con su tÃtulo oficial, preparará un esquema ocupacional O
profesional de las clases de puestos que se establezcan,
incluyéndolas dentro de los correspondientes grupos ocupacionales
o profesionales que se identifiquen. Este esquema reflejará la
relación entre una y otra clase y entre las diferentes series de
clases que éstas constituyen dentro de un mismo grupo, y entre los
diferentes grupos y áreas de trabajo representadas en el Plan de
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Clasificación. Este esquema formará parte del Plan de
Clasificación.
Se preparará y mantendrá al dÃa una relación de dicho esquema
ocupacional o profesional, y una lista o indice alfabético de las
clases de puestos comprendidos en el Plan de Clasificación. Cada
clase de puesto se identificará numéricamente en los documentos
antes indicados mediante una codificación basada en el esquema
ocupacional o profesional que se adopte. Esta numeración se
utilizará como un medio de identificación de las clases en otros
documentos oficiales que se preparen.