Regl. 5469, art. 5 dup2

Reglamento de Personal para Empleados en Servicios de Confianza de la Corporación de Puerto Rico.

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Cite as Reglamento Núm. 5469, Art. 5 dup2

CLASIFICACION DE PUESTOS Sección 5.1 Plan de Clasificación El Director Ejecutivo establecerá, previa aprobación de la Junta de Directores, un Plan de Clasificación, para los puestos en el Servicio de Confianza de la Corporación con funciones de política pública y de servicios al Director, según se describen en la Sección 4.1 de este Reglamento. También establecerá el Plan de Retribución, en armonía con dicho plan y la capacidad fiscal de la Corporación. El contenido básico del Plan de Clasificación deberá incluir los aspectos técnicos relativos a: la descripción y agrupación de los puestos en el plan; las especificaciones de clases; el esquema ocupacional; la posición relativa de las clases y la asignación a las escalas de retribución. Deberá incluir, además un glosario en donde se definan claramente los términos y adjetivos utilizados en la descripción del trabajo y grado de complejidad y autoridad inherente a éste. El Plan reflejará la situación de todos los puestos de confianza a la fecha de su aprobación, de manera que constituya un inventario de los puestos de confianza existentes en la Corporación. Para que dicho plan sea un instrumento de trabajo efectivo se mantendrá al día registrando los cambios que ocurran en los puestos, de forma tal que en todo momento refleje 5 las condiciones reales presentes. Igualmente se mantendrán actualizados los conceptos de clases y las asignaciones de puestos a las clases. Se establecerán, por lo tanto, los mecanismos necesarios para hacer que el Plan de Clasificación de Puestos sea susceptible a una revisión continua. Sección 5.2 Usos del Plan de Clasificación El Plan de Clasificación está fundamentado en criterios de uniformidad y en el principio de trato igual. Es el instrumento mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en forma sistemática los diferentes puestos que integran el servicio de confianza en la Corporación. Establece la relación existente entre los deberes de los puestos, los requisitos y el salario que se le asigne. Es la base para todas las transacciones de personal en el servicio de confianza. Sección 5.3 Descripción de Puestos Conforme a su estructura organizativa la Corporación preparará y mantendrá al día para cada puesto autorizado, en el servicio de confianza, una descripción clara y precisa de los deberes y responsabilidades, así como el grado de autoridad y supervisión adscrito al mismo. Esta descripción estará contenida en el cuestionario oficial que a tales fines adopte en la Corporación y deberá estar firmado por el empleado y el Director Ejecutivo o su representante autorizado. Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades, así como en el grado de autoridad y supervisión adscritos a los puestos se registrará en el cuestionario de clasificación. Por lo menos una vez al año se pasará juicio sobre los cambios ocurridos en los puestos para determinar si se afecta la clasificación y tomar las acciones subsiguientes que procedan. Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser nombrado y tomar posesión del puesto y cuando ocurran cambios en la descripción del mismo que resulten en la 6 formalización de un nuevo cuestionario. Este cuestionario se utilizará para orientar, y supervisar al empleado según determine el Director Ejecutivo. Se conservará copia de todo cuestionario formalizado para cada puesto junto a cualquier otra documentación relacionada con el historial de clasificación del mismo. Este acopio de información constituirá el expediente oficial de cada puesto y será utilizado como marco de referencia en los estudios que se requieran en relación con la clasificación de los puestos de confianza de la Corporación. Sección 5.4 Especificaciones de Clases La especificación de clase es la descripción genérica sobre el contenido funcional, en términos de deberes y responsabilidades representativos de los puestos que enmarcan cada una de las clases en el Plan de Clasificación. Estas no son prescriptivas o restrictivas a determinados puestos. Serán utilizadas como el instrumento básico en la clasificación y reclasificación de puestos; y en las determinaciones relacionadas con los aspectos de retribución. En su formato original la especificación de clase contiene los siguientes elementos. 1. Título oficial y número de la clase 2. Naturaleza del trabajo 3. Aspectos distintivos del trabajo que diferencian una clase de otra. 4. Ejemplos de las tareas comunes y típicas de los trabajos. Sección 5.5 Mantenimiento y Administracion del Plan de Clasificación 1. El Plan de Clasificación se mantendrá al día mediante la actualización de las descripciones de puestos, las especificaciones de clases y las asignaciones de los puestos a las clases. 7 2. El Director Ejecutivo podrá, previo al estudio correspondiente, crear, eliminar, consolidar y modificar las clases de puestos comprendidas en el plan de clasificación conforme a los cambios que ocurran en los programas, departamentos, funciones y actividades de la Corporación. 3. La Oficina de Recursos Humanos establecerá las normas y procedimientos, respecto a la creación, eliminación consolidación y modificación de las clases de puestos para fines del mantenimiento y administración del Plan de Clasificación. Sección 5.6 Clasificación y Reclasificación de Puestos Todos los puestos se asignarán formalmente a las clases correspondientes. No existirá ningún puesto de confianza sin clasificación, excepto aquellos que conforme a la ley y este reglamento no estén sujetos al plan de clasificación. Se clasificarán los puestos de confianza de nueva creación autorizados dentro de una de las clases comprendidas en el Plan de Clasificación, conforme a las normas y criterios establecidos a estos efectos. No se extenderá nombramiento a persona alguna en un puesto de confianza que no haya sido clasificado previamente, excepto aquellos que por razón de ley no estén sujetos al plan de clasificación. Se justificará reclasificar un puesto de confianza cuando este presente cualquiera de las siguientes situaciones: 1. Clasificación Original Errónea En esta situación no existe cambio significativo en las funciones del puesto, pero se obtiene nueva información que permite corregir una apreciación inicial equivocada. 8 2. Modificación al Plan de Clasificación En esta situación no existen necesariamente cambios significativos en las funciones de los puestos, pero en el proceso de mantener al día el Plan de Clasificación surge la necesidad de cambiar la clasificación de algunos puestos. 3. Cambio Sustancial de Deberes, Responsabilidades o Autoridad Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza o el nivel de las funciones del puesto, que lo hace subir 0 bajar de jerarquía o lo ubica en una clase distinta al mismo nivel. 4. Evolución del Puesto Es el cambio que tiene lugar con el transcurso del tiempo en los deberes, autoridad y responsabilidad del puesto que ocasiona una transformación del puesto original. Sección 5.7 Status de los Empleados en Puestos Reclasificados El Director Ejecutivo en el uso de su discreción, determinará si el incumbente de un puesto de confianza que sea reclasificado permanece o no en dicho puesto. Sección 5.8 Cambios de Deberes Responsabilidades o autoridad El Director Ejecutivo en el uso juicioso de su discreción, podrá disponer cambios en los deberes, responsabilidades o autoridad de un puesto de confianza cuanto lo estime necesario o conveniente, sin que necesariamente se requiera la reclasificación del puesto. En estos casos los nuevos deberes, autoridad y responsabilidad deben ser afines con la clasificación del puesto afectado. 9
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