Regl. 5469, art. 5 dup2
Reglamento de Personal para Empleados en Servicios de Confianza de la Corporación de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 5469, Art. 5 dup2
CLASIFICACION DE PUESTOS
Sección
5.1
Plan de Clasificación
El Director Ejecutivo establecerá, previa aprobación de la Junta de Directores, un Plan de
Clasificación, para los puestos en el Servicio de Confianza de la Corporación con funciones de
polÃtica pública y de servicios al Director, según se describen en la Sección 4.1 de este
Reglamento. También establecerá el Plan de Retribución, en armonÃa con dicho plan y la
capacidad fiscal de la Corporación.
El contenido básico del Plan de Clasificación deberá incluir los aspectos técnicos relativos
a: la descripción y agrupación de los puestos en el plan; las especificaciones de clases; el esquema
ocupacional; la posición relativa de las clases y la asignación a las escalas de retribución. Deberá
incluir, además un glosario en donde se definan claramente los términos y adjetivos utilizados en
la descripción del trabajo y grado de complejidad y autoridad inherente a éste.
El Plan reflejará la situación de todos los puestos de confianza a la fecha de su
aprobación, de manera que constituya un inventario de los puestos de confianza existentes en la
Corporación. Para que dicho plan sea un instrumento de trabajo efectivo se mantendrá al dÃa
registrando los cambios que ocurran en los puestos, de forma tal que en todo momento refleje
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las condiciones reales presentes. Igualmente se mantendrán actualizados los conceptos de clases
y las asignaciones de puestos a las clases. Se establecerán, por lo tanto, los mecanismos
necesarios para hacer que el Plan de Clasificación de Puestos sea susceptible a una revisión
continua.
Sección
5.2
Usos del Plan de Clasificación
El Plan de Clasificación está fundamentado en criterios de uniformidad y en el principio
de trato igual. Es el instrumento mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en forma
sistemática los diferentes puestos que integran el servicio de confianza en la Corporación.
Establece la relación existente entre los deberes de los puestos, los requisitos y el salario que se
le asigne. Es la base para todas las transacciones de personal en el servicio de confianza.
Sección
5.3
Descripción de Puestos
Conforme a su estructura organizativa la Corporación preparará y mantendrá al dÃa para
cada puesto autorizado, en el servicio de confianza, una descripción clara y precisa de los deberes
y responsabilidades, asà como el grado de autoridad y supervisión adscrito al mismo. Esta
descripción estará contenida en el cuestionario oficial que a tales fines adopte en la Corporación
y deberá estar firmado por el empleado y el Director Ejecutivo o su representante autorizado.
Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades, asà como en el grado de
autoridad y supervisión adscritos a los puestos se registrará en el cuestionario de clasificación.
Por lo menos una vez al año se pasará juicio sobre los cambios ocurridos en los puestos para
determinar si se afecta la clasificación y tomar las acciones subsiguientes que procedan.
Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser nombrado y tomar posesión
del puesto y cuando ocurran cambios en la descripción del mismo que resulten en la
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formalización de un nuevo cuestionario. Este cuestionario se utilizará para orientar, y supervisar
al empleado según determine el Director Ejecutivo.
Se conservará copia de todo cuestionario formalizado para cada puesto junto a cualquier
otra documentación relacionada con el historial de clasificación del mismo. Este acopio de
información constituirá el expediente oficial de cada puesto y será utilizado como marco de
referencia en los estudios que se requieran en relación con la clasificación de los puestos de
confianza de la Corporación.
Sección
5.4
Especificaciones de Clases
La especificación de clase es la descripción genérica sobre el contenido funcional, en
términos de deberes y responsabilidades representativos de los puestos que enmarcan cada una
de las clases en el Plan de Clasificación. Estas no son prescriptivas o restrictivas a determinados
puestos. Serán utilizadas como el instrumento básico en la clasificación y reclasificación de
puestos; y en las determinaciones relacionadas con los aspectos de retribución. En su formato
original la especificación de clase contiene los siguientes elementos.
1.
TÃtulo oficial y número de la clase
2.
Naturaleza del trabajo
3.
Aspectos distintivos del trabajo que diferencian una clase de otra.
4.
Ejemplos de las tareas comunes y tÃpicas de los trabajos.
Sección
5.5
Mantenimiento y Administracion del Plan de Clasificación
1.
El Plan de Clasificación se mantendrá al dÃa mediante la actualización de las
descripciones de puestos, las especificaciones de clases y las asignaciones de los
puestos a las clases.
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2.
El Director Ejecutivo podrá, previo al estudio correspondiente, crear, eliminar,
consolidar y modificar las clases de puestos comprendidas en el plan de
clasificación conforme a los cambios que ocurran en los programas,
departamentos, funciones y actividades de la Corporación.
3.
La Oficina de Recursos Humanos establecerá las normas y procedimientos,
respecto a la creación, eliminación consolidación y modificación de las clases de
puestos para fines del mantenimiento y administración del Plan de Clasificación.
Sección
5.6
Clasificación y Reclasificación de Puestos
Todos los puestos se asignarán formalmente a las clases correspondientes. No existirá
ningún puesto de confianza sin clasificación, excepto aquellos que conforme a la ley y este
reglamento no estén sujetos al plan de clasificación.
Se clasificarán los puestos de confianza de nueva creación autorizados dentro de una de
las clases comprendidas en el Plan de Clasificación, conforme a las normas y criterios
establecidos a estos efectos. No se extenderá nombramiento a persona alguna en un puesto de
confianza que no haya sido clasificado previamente, excepto aquellos que por razón de ley no
estén sujetos al plan de clasificación.
Se justificará reclasificar un puesto de confianza cuando este presente cualquiera de las
siguientes situaciones:
1.
Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en las funciones del puesto, pero
se obtiene nueva información que permite corregir una apreciación inicial
equivocada.
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2.
Modificación al Plan de Clasificación
En esta situación no existen necesariamente cambios significativos en las funciones
de los puestos, pero en el proceso de mantener al dÃa el Plan de Clasificación
surge la necesidad de cambiar la clasificación de algunos puestos.
3.
Cambio Sustancial de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza o el nivel de las funciones
del puesto, que lo hace subir 0 bajar de jerarquÃa o lo ubica en una clase distinta
al mismo nivel.
4.
Evolución del Puesto
Es el cambio que tiene lugar con el transcurso del tiempo en los deberes, autoridad
y responsabilidad del puesto que ocasiona una transformación del puesto original.
Sección
5.7
Status de los Empleados en Puestos Reclasificados
El Director Ejecutivo en el uso de su discreción, determinará si el incumbente de un
puesto de confianza que sea reclasificado permanece o no en dicho puesto.
Sección
5.8
Cambios de Deberes Responsabilidades o autoridad
El Director Ejecutivo en el uso juicioso de su discreción, podrá disponer cambios en los
deberes, responsabilidades o autoridad de un puesto de confianza cuanto lo estime necesario o
conveniente, sin que necesariamente se requiera la reclasificación del puesto. En estos casos los
nuevos deberes, autoridad y responsabilidad deben ser afines con la clasificación del puesto
afectado.
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